La Corte Suprema de Justicia falló este martes a favor de la tercera versión del veto migratorio del presidente Donald Trump, una polémica medida que prohíbe la entrada a Estados Unidos de personas provenientes de cinco países de mayoría musulmana, además de Venezuela y Corea del Norte.
Se trata de una de las mayores victorias de su presidencia y le abre las puertas para seguir empujando una dura política migratoria prometida a sus electores durante la campaña.
La decisión de 5-4, con los cinco conservadores de la corte en la mayoría, termina por ahora con una feroz lucha en los tribunales sobre si la política representaba una prohibición ilegal.
“Wow”, fue la reacción del presidente Donald Trump en un breve mensaje en su cueta Twitter en el que reprodujo en letras mayúsculas el titular que están desplegando muchos medios de comunicación.
“La decisión de hoy de la Corte Suprema es una tremenda victoria para el pueblo estadounidense y la Constitución”, dijo después el presidente en un comunicado de la Casa Blanca.
“El fallo es también un momento de reivindicación luego de meses de comentarios histéricos de los medios y políticos demócratas que se rehúsan a hacer lo que hace falta para asegurar nuestras fronteras y nuestro país”.
El presidente del Tribunal Supremo, John Roberts Jr., redactó la opinión del caso.
Roberts dice en su opinión que ” la proclamación está expresamente basada en legítimos fines: impedir la entrada de nacionales que no pueden ser adecuadamente investigados e induciendo a otras naciones a mejorar sus prácticas (de supervisión). El texto no dice nada sobre religión”.
Los magistrados de la Corte Suprema consideraron que el veto no vulnera la 1ra Enmienda de la Constitución, que impide al Gobierno favorecer a una religión frente a otra, y además ratifica el poder ejecutivo del presidente a la hora de decidir quién entra a Estados Unidos.
“Sin embargo, los demandantes y la disidencia enfatizan que cinco de las siete naciones actualmente incluidas en la proclamación tienen poblaciones de mayoría musulmana”, detalla Roberts.
De todas formas, aunque el juez aclara que la Corte “no expresa ninguna opinión sobre la solidez de la política”, considera que el mandatario ejerció “legalmente” su poder para “suspender la entrada” de extranjeros al país.
La votación de la corte se produjo siguiendo las líneas ideológicas, con el campo de cinco jueces considerado conservador imponiéndose a los cuatro magistrados identificados con posiciones más liberales.
“Los Estados Unidos de América es una nación edificada sobre la promesa de la libertad religiosa. Nuestros fundadores honraron esa promesa incluyendo el principio de neutralidad religiosa en la Primera Enmienda”, escribió en su opinión disidente con la mayoría la jueza Sonia Sotomayor.
“La decisión de la corte hoy falla es salvaguardar ese principio fundamental. Deja imperturbable una política que fue promovida primero como avienta y inequívocamente como un ‘bloqueo completo de la entrada de musulmanes a Estados Unidos’ porque la política ahora se esconde tras una fachada de preocupaciones por la seguridad nacional”, escribe Sotomayor, quien fue secundada por la jueza Ruth Bader Ginsburgh.
La corte escuchó en abril los argumentos de abogados defensores y detractores del veto. El Departamento de Justicia ha reiterado que la orden ejecutiva del presidente está dentro de su autoridad legal “para mantener a la nación segura y proteger a nuestras comunidades del terrorismo”.
El mandatario “no está obligado a admitir a personas de países que patrocinan o protegen el terrorismo, hasta que determine que `pueden ser debidamente investigados y no representan un riesgo para la seguridad de Estados Unidos”, añaden los abogados del gobierno.
La última versión del veto restringe la entrada al país de ciudadanos procedentes de Irán, Libia, Siria, Somalia y Yemen. Incluyó además restricciones para ciudadanos de Corea del Norte y Venezuela.
El debate se centra en la legalidad de la tercera versión del veto migratorio de Trump, que entró en vigor en diciembre. La orden ejecutiva obstaculizar indefinidamente la entrada al país de los ciudadanos de los siete países incluidos en la lista.
La batalla de Trump por prohibir la entrada de musulmanes comenzó en 2016 cuando una pareja perpetró un atentado en San Bernardino, California y el mandatario, en ese tiempo candidato a la presidencia, aprovechó la ocasión para prometer un “bloqueo completo y total” a la entrada de musulmanes a Estados Unidos con el fin de detener el terrorismo yihadista.
“Hasta que no podamos determinar y comprender este problema y la peligrosa amenaza que representa, nuestro país no puede seguir siendo víctima de los horrendos ataques de personas que solo creen en la yihad y que no razonan ni tienen respeto por la vida humana”, afirmó Trump en aquel entonces.
Una semana después de instalado en la Casa Blanca, Trump firmó la orden ejecutiva titulada “Protegiendo a la Nación de la Entrada de Terroristas Extranjeros”.
La orden ejecutiva entró de inmediato en vigencia desatando el caos en todo el mundo, debido a que familias enteras y familiares no pudieron embarcar en sus vuelos hacia Estados Unidos, ni entrar al país aquellos que venían en camino.
También se registraron manifestaciones masivas en los aeropuertos y abogados, junto con activistas de derechos civiles, acamparon en los puertos de entrada aéreos y terrestres para asesorar y representar a aquellos que eran retenidos en aduanas y no se les permitía el ingreso a Estados Unidos, algunos de ellos incluso residentes legales permanentes.
El veto de Trump fue frenado por una corte días después de entrar en vigor, a principios de febrero. Como resultado de esa orden ejecutiva, 700 viajeros fueron detenidos en los aeropuertos y 60,000 visados fueron revocados temporalmente, según datos del Departamento de Estado (DOS).
Un mes después, el 6 de marzo, Trump firmó una segunda orden ejecutiva (llamada versión 2.0 del veto). Su gobierno aseguró entonces que el decreto había sido revisado sustancialmente para que se ajustara a la ley, y eliminó una exención que afectaba a las minorías religiosas de los países incluidos en la lista de países cuyos ciudadanos no podían ingresar a Estados Unidos.
La segunda versión del veto fijaba una restricción de 120 días para los refugiados y de 90 días para los nacionales de seis países (Irán, Somalia, Sudán, Siria, el Yemen y Libia).
Tras varios reveses judiciales, ese veto pudo entrar en vigor gracias al Tribunal Supremo, que permitió al gobierno restringir la entrada de aquellos que no tenían familia cercana en Estados Unidos.
Las restricciones eran temporales y, cuando expiraron en septiembre del año pasado, Trump proclamó su tercer veto, que incluyó por primera vez a dos países sin mayoría musulmana: Corea del Norte y Venezuela, donde las restricciones solo afectaron a algunos funcionarios y su “familia inmediata”.
En diciembre la Corte Suprema permitió la implementación de esa tercera versión del veto.
El gobierno ha argumentado que la medida debe proteger al país de la entrada de islamistas radicales. Los demandantes, en cambio, consideran que la medida viola la ley migratoria y también la Constitución al priorizar unas religiones sobre otras.
“El tribunal supremo considerará la legalidad del tercer esfuerzo del presidente Trump para limitar la inmigración de varios países”, explicó Stephen W. Yale-Loehr, profesor de Práctica de Derecho de Inmigración en la escuela de leyes de la Universidad Cornell de Nueva York.
“Los tribunales han anulado en gran medida las dos órdenes previas de prohibición de viajes del presidente”, apuntó.
Yale-Loehr dijo además que “este caso lo tiene todo: problemas constitucionales de peso, cuestiones estatutarias complejas y una pelea sobre si existen límites reales al poder de un presidente para controlar la inmigración”.
Venezuela y Corea del Norte están incluidos en la prohibición de viaje, pero las restricciones impuestas en diciembre no fueron desafiadas en la corte.
De las 617,752 personas que el año pasado obtuvieron visados de inmigrante en Estados Unidos, tan solo nueve, un 0,0001% eran de Corea del Norte, de acuerdo con los datos oficiales del Departamento de Estado.
En el caso de Venezuela, los afectados por la medida son, según informó en su día la Casa Blanca, “funcionarios de los organismos gubernamentales de Venezuela que participan en los procedimientos de investigación y selección” para la concesión de visas.
Las dependencias sancionadas son:
- Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores, Justicia y Paz
- Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería
- Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas
- Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional
- Ministerio del Poder Popular para Relaciones Exteriores
La medida también afecta a los “familiares directos”de estos funcionarios, quienes por lo general utilizan visados de no inmigrante con propósitos de turismo o negocios tipo B1/B2.
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