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Juez ordena proteger de deportación a migrantes que viajan con niños
Publicado el 27 de noviembre de 2018
por César Arellano García/La Jornada en La Jornada Baja California. Fotografía de Víctor Camacho/La Jornada.
El Juzgado Segundo de Distrito del Centro Auxiliar de la Primera Región con sede en la Ciudad de México otorgó a la Oficina de Defensoría de los Derechos de la Infancia, AC, una suspensión provisional para que integrantes del éxodo centroamericano que viajen con niños no sean deportados, en tanto se resuelva el asunto.
“A fin de salvaguardar el interés superior de los agraviados se concede de oficio y de plano a favor de los familiares de los niños y adolescentes de las caravanas de personas migrantes y solicitantes de asilo que ingresaron a México el 19, 28 y 31 de octubre y 2 de noviembre la suspensión de los actos reclamados que estén vinculados con las actividades mencionadas a continuación: realizar cualquier acto tendente a la deportación de los padres o de quienes ejerzan la patria potestad” de los menores que viajan con los desplazados del éxodo de cientos de migrantes centroamericanos, hondureños principalmente, que transitan por el país, y solicitantes de la residencia, señala el recurso 86/2018.
El impartidor de justicia argumentó que aunque desconoce la situación migratoria en la que se encuentra cada uno de los familiares, justificó que tiene elementos suficientes para considerar que existe el riesgo de que sean deportados. Además ordenó remitir el expediente a un juez en materia penal para que continúe con la diligencia.
Entre los actos reclamados específicos, la Oficina de Defensoría de los Derechos de la Infancia señaló la omisión de las autoridades migratorias de enviar personal especializado suficiente para conocer el número de niñas, niños y adolescentes que viajan en las caravanas de personas migrantes y solicitantes de asilo que ingresaron al país en las fechas antes mencionadas, y así poder adoptar medidas de planeación, prevención y protección basadas en información más objetiva.
Falta de diseño de un plan integral de protección para conocer el universo de personas menores de edad que viajan con sus padres migrantes, condiciones y necesidades, así como coordinación con autoridades locales para ejecutar ese plan. Proporcionar medidas de protección integral a favor de los infantes. Diseñar, ejecutar y dar seguimiento de manera coordinada con otras autoridades a un plan integral de actuación a fin de garantizar un acompañamiento adecuado de este sector infantil de la población que viajan en tales caravanas.
“Omisión de establecer los procesos adecuados para el diagnóstico individual de casos para la determinación de medidas de restitución de derecho. Establecer un protocolo adecuado para coordinar al conjunto de autoridades de los diferentes niveles de gobierno a fin de proteger de manera integral los derechos de la infancia. Omisión de otorgar el reconocimiento prima facie (a primera vista) como personas refugiadas a todas las personas, previa de su consentimiento respectivo”, así como la negligencia de garantizar el acceso a un procedimiento para la determinación de la condición de refugiadas mediante un debido proceso legal.
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