Noticia
Juez avala acceso de defensores humanitarios a estaciones migratorias
Publicado el 5 de julio de 2018
por Rocío Méndez Robles en MVS Noticias. Fotografía de Reuters.
Luego de reconocer que migrantes “alojados” en estaciones migratorias enfrentan una situación de privación de la libertad e incomunicación que los coloca en un escenario agravado de vulnerabilidad, la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de Derechos Humanos (CMDPDH) ha sido notificada de la sentencia a su favor dictada en un amparo promovido contra la negativa del Instituto Nacional de Migración (INM) para “permitir el acceso a la organización a estaciones migratorias”, para brindar y ofrecer servicios gratuitos de representación legal a migrantes detenidos.
En la sentencia, el Juez determinó que la negativa del INM era inconstitucional por violar el derecho de la CMDPDH de defender los derechos humanos de las personas migrantes detenidas en estaciones migratorias.
“Llamamos al Instituto Nacional de Migración a cumplir con los términos de la sentencia, esto es, autorizar a la CMDPDH el ingreso a las estaciones migratorias señaladas y abstenerse de prohibir nuevamente el ingreso de la CMDPDH una vez cumplidos con los requisitos necesarios”, apremia la organización humanitaria.
A inicios de este 2018, la CMDPDH solicitó al INM el ingreso a las estaciones migratorias de la Ciudad de México, Tlaxcala y Tapachula, Chiapas, para brindar servicios legales gratuitos ante denuncias y evidencias de que el Estado mexicano “no garantiza el derecho de las personas migrantes en detención de contar con asesoría y representación legal, por lo que miles de migrantes desconocen sus derechos y enfrentan un proceso de privación de la libertad y deportación, sin contar con un representante legal que pueda acudir a las instancias judiciales para defenderlos, particularmente cuando se encuentran frente violaciones a derechos humanos cometidas precisamente por funcionarios del INM”.
La respuesta del INM fue negar el acceso al equipo de la CMDPDH alegando que, de hacerlo, “se violaría el derecho de las personas migrantes a designar voluntariamente a su representante legal”.
Esta determinación se suma a una serie de obstaculizaciones del INM al ingreso de defensores humanitarios a las estaciones migratorias, imponiendo trabas “excesivas y arbitrarias” y contrarias a la ley.
Ante la negativa del INM, la CMDPDH promovió un amparo que fue recientemente resuelto por el Juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México, quien se pronunció en favor del derecho de la CMDPDH, y de cualquier asociación civil, de defender los derechos de las personas “alojadas” en estaciones migratorias, declarando inconstitucional la respuesta del Instituto Nacional de Migración, por la vulnerabilidad en la que se encuentran los migrantes por la privación de la libertad e incomunicación a la que son sometidos derivado de la propia naturaleza de los procedimientos migratorios.
La CMDPDH celebra la sentencia emitida por el Juez Octavo de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México, tanto por el reconocimiento del derecho a defender derechos humanos de las asociaciones civiles, como por enmarcar el ejercicio de este derecho en el contexto de la privación de la libertad que sufren las personas migrantes en México y a la vulnerabilidad e indefensión en la que dicha privación de la libertad los coloca.
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JudicialPaís(es)
MéxicoTema(s) general(es)
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