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ICE activa deportaciones aceleradas a partir del 1 de septiembre a nivel nacional

Publicado el 2 de septiembre de 2019
por Jorge Cancino en Univision Noticias. Fotografía de Univision Noticias.

El gobierno de Donald Trump implementará en todo el país, a partir de este 1 de septiembre, un programa de deportaciones expeditas que tiene como blanco a inmigrantes indocumentados que llevan menos de dos años en el país.

Hasta ahora la medida sólo se aplica dentro de las primeras 100 millas desde la frontera.

“Cualquier extranjero sin estatus legal de permanencia que haya estado menos de 2 años en el país, será deportado inmediatamente sin una audiencia judicial”, advierte Víctor Nieblas, un expresidente de la Asociación Americana de Abogados de Inmigración (AILA).

Anunciada la tercera semana de julio, la medida amplió a nivel nacional el programa denominado de Deportación Acelerada (Expedited Removal), que hasta ahora solo se aplica dentro de las primeras 100 millas (160 kilómetros) de la frontera.

La Oficina de Inmigración y Aduanas (ICE), agencia federal encargada de las deportaciones, dedicó seis semanas para supervisar el nuevo reglamento e instruir a sus agentes antes de activarla.

“ICE no comenzará a procesar rápidamente casos de deportación bajo esta designación aproximadamente hasta el 1 de septiembre de 2019”, se lee en un memorando del director interino de ICE, Matthew Albence, fechado el 24 de julio y al que tuvo acceso Univision Noticias.

Albence también explica en el documento que la agencia “debe configurarse para rastrear todos los casos procesados según la designación de deportación expedita, de modo que se pueda generar un informe rápido”.

La nueva regla, redactada en el marco de la política de tolerancia cero del gobierno de Donald Trump, “es fundamental para responder a la actual crisis que enfrenta nuestro sistema de inmigración con todas las herramientas legales que el Congreso ha brindado”, indica Albence.

La nueva medida afectará directamente a los extranjeros que tienen antecedentes criminales y que no pueden probar que han estado en el territorio estadounidense en los últimos dos años. La regla actual exige un mínimo de 14 días. Entre ellos indocumentados con órdenes de deportación final.

El cambio al programa otorga amplia discreción a los agentes del Departamento de Seguridad Nacional (DHS) para actuar con “completa autoridad” y colocar en proceso expedito de deportación a un extranjero, excepto en casos excepcionales y limitados, señala la regla.

El blanco de la medida son todos aquellos inmigrantes “considerados inadmisibles bajo las secciones 212(a)(6)(C) o (a) (7) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA)”, reitera Albence en el memorando.

Entre los principales afectados se encuentran inmigrantes que fueron deportados y regresaron al país sin un permiso, individuos que hayan cometido crímenes graves o tengan múltiples convicciones, traficantes de drogas o involucrados en actividades terroristas, extranjeros con orden final de deportación, entre otras faltas.

Los detenidos serán expulsados del país de manera acelerada “sin una audiencia ante el juez de inmigración”, se lee en el documento.

De acuerdo con el memorando de Albence, los agentes “tienen una amplia discreción para aplicar la deportación acelerada en casos individuales, o para permitir que los extranjeros salgan voluntariamente o retiren sus solicitudes de admisión, y también para colocar a los extranjeros en procedimientos de deportación ante un juez de inmigración”.

La nueva regla se utilizará en el denominado “Programa de Extranjería Criminal, redadas en lugares de trabajo, cuando los agentes se encuentran con extranjeros que han sido arrestados por otra agencia de aplicación de la ley por alguna actividad criminal o cuando los agentes se encuentran con trabajadores ilegales en los lugares de trabajo destinados a acciones de ejecución basadas en pistas de investigación”.

Albance dice que “al ejercer esta discreción, los agentes no deben volver a examinar la determinación hecha antes del 23 de julio de 2019 (cuando se anunció la regla) para colocar a un extranjero en procedimiento de deportación”.

En el memorando el director interino de ICE señala algunos factores relevantes en los cuales los agentes de ICE pueden ejercer la discrecionalidad para limitar o aguantar una deportación expedita.

Por ejemplo, casos donde “un extranjero presenta problemas de competencia mental”, o si el extranjero “es el único cuidador de un niño ciudadano estadounidense” o el individuo “parece elegible para un alivio disponible en los procedimientos de deportación, la duración de la presencia del extranjero en Estados Unidos y la naturaleza de sus lazos con el país”.

Entre las evidencias para probar permanencia mínima de dos años, ICE considerará cuentas de banco, contratos de arrendamiento, escrituras, licencias (carné de identidad), facturas, pagos, recibos, cartas, certificados de nacimiento, inscripciones en iglesias, registros escolares, registros de empleo, evidencia de encuentros policiales anteriores o pagos de impuestos, entre otros.

“Si un extranjero no puede proporcionar personalmente dicha evidencia en el momento del encuentro (con un agente de ICE), pero afirma tener acceso a dicha evidencia, se le permitirá una oportunidad breve pero razonable de obtenerla o comunicarse con un tercero para obtener dicha evidencia”, indica el memorando.

En el caso de individuos que hacen reclamos de ser residentes permanentes (green card), refugiado o asilado, o que hacen reclamos de ser ciudadanos estadounidenses, deben demostrarlo por medio de documentos. Si proporcionan información falsa, pueden enfrentar “sanciones penales y consecuencias migratorias”, advierte ICE.

El memorando de Albence precisa que “de acuerdo con los reglamentos y estatutos vigentes, cualquier extranjero que sea procesado para una deportación expedita, y que indique la intención de solicitar asilo o exprese temor de persecución o tortura, o temor de regresar a su país, será referido para una entrevista por un oficial de asilo que determinará si el extranjero tiene un temor creíble de persecución o tortura”.

“Si se descubre que el extranjero tiene un miedo creíble, será derivado para una consideración adicional de sus reclamos de protección”, precisa.

En agosto, dos semanas después de anunciada, la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU), el Consejo Estadounidense de Inmigración (AIC) y la firma de abogados Simpson Thacher & Bartlett LLP, presentaron una querella para desafiar la nueva regla del gobierno.

Los demandantes alegan que la política de deportaciones aceleradas de Trump daña el debido proceso al eliminar “la audiencia en la corte o el acceso a un abogado”.

“Cientos de miles de personas que viven en cualquier parte de Estados Unidos corren el riesgo de ser separadas de sus familias y deportadas sin ningún recurso”, dijo Anand Balakrishnan, abogado del Proyecto de Derechos de los Inmigrantes de la ACLU.

“Esta es una escalada dramática e ilegal en los ataques de la administración Trump a las comunidades de inmigrantes”, agregó.

La mayor preocupación de los demandantes apunta a los daños que el nuevo programa causará al debido proceso migratorio.

“La expansión de las deportaciones aceleradas despojará a cientos de miles de no ciudadanos de una audiencia imparcial sobre si van a ser separados de sus familias, amigos y comunidades en Estados Unidos, y creará un régimen ‘muéstrame tus papeles’ en todo el país”, dijo Trina Realmuto, abogada directora de litigios del AIC.

 

 

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