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Corte Suprema obliga al gobierno a eximir a los abuelos del veto migratorio de Trump

Publicado el 19 de julio de 2017
por Univisión en Univisión Noticias. Fotografía de AP Photo/Ted S. Warren.

La Corte Suprema de Estados Unidos ha dado la razón al juez de Hawaii que criticó la semana pasada la definición familiar dada por el gobierno a la hora de implementar su veto migratorio.

La máxima autoridad judicial dio un golpe a las intenciones de la administración al declarar que tanto a abuelos como a otros familiares de ciudadanos estadounidenses no se les puede negar el acceso con la aplicación del veto que afecta a seis países de mayoría musulmana.

El 14 de julio, el juez federal Derrick Watson en Honolulu sostuvo que a los abuelos y otros familiares no se les debe prohibir el ingreso a Estados Unidos bajo el bloqueo temporal de viajar desde Irán, Siria, Sudán, Libia, Yemen y Somalia.

Tres jueces de corte conservador (Samuel Alito, Clarence Thomas y Neil Gorsuch) se pronunciaron a favor de mantener el veto migratorio tal como se había planteado. El Departamento de Estado había indicado que solo padres, cónyuges, hijos, hermanastros y medios hermanos, yernos y nueras estaban exentos.

La fiscalía general de Hawaii había pedido a Watson que interpretara de forma restringida una decisión de la Corte Suprema de Estados Unidos que revivió parte del decreto de Trump del 6 de marzo, que vetaba el ingreso de los ciudadanos de esos países durante 90 días.

Watson declinó aplazar su decisión, que exime a los abuelos y otros familiares del bloqueo. El juez criticó duramente la definición del Gobierno de relaciones familiares cercanas como “la antítesis del sentido común”.

“El sentido común, por ejemplo, dicta que los miembros cercanos de la familia se definen para incluir los abuelos. De hecho, los abuelos son el epítome de los familiares cercanos”, escribió en su decisión. La decisión de este miércoles le ha dado la razón.

La Corte Suprema permitió la entrada de la inicitiva de Trump que, supuestamente, puso en marcha para evitar la llegada de “terroristas”. Sin embargo, los magistrados del Supremo limitaron el alcance de dicho decreto y añadieron que no se podía aplicar a quien pudiera justificar “una relación válida con una persona o una entidad en Estados Unidos”.

Así, alguien que venga desde alguno de los países incluidos a visitar a un miembro cercano de su familia será admitido. O un estudiante que vaya a estudiar en una universidad estadounidense, o un empleado que haya sido reclutado por una compañía local. O un profesor invitado a dar una conferencia.

Por otro lado, la Corte Suprema dio una victoria al gobierno de Trump al acceder a su solicitud de aplicar en forma más estricta la prohibición de ingreso de refugiados, al menos hasta que se conozca la opinión de una corte federal de apelaciones.

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