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Comisionado del INM tiene 24 horas para acatar resolución de Jueza o se le impondrá pena privativa de la libertad

Publicado el 6 de agosto de 2020
por Grupo de trabajo de Politica Migratoria

Ciudad de México, 05 de agosto de 2020.- El pasado 3 de agosto, la Secretaria en funciones de Jueza de Distrito, Vicenta Margarita González Vega, y el Secretario, Jair Sandoval Jiménez, del Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa resolvieron que las autoridades del Instituto Nacional de Migración (INM) incumplieron con las medidas de suspensión dictadas el pasado 17 de abril dentro del juicio de amparo 426/20201, por lo que ahora el Comisionado del INM, Francisco Garduño Yáñez, y el Director General de Control y Verificación Migratoria, Antonio López Díaz, tienen la obligación de coordinar y vigilar el cumplimiento de las 11 medidas establecidas para preservar la vida y la salud de las personas migrantes y solicitantes de protección internacional que se encontraban, y se encuentran actualmente, detenidas en las estaciones migratorias del país.

Luego de casi cuatro meses de emitida la suspensión de amparo y la nula y contradictoria información de las autoridades competentes sobre los protocolos que se aplican para prevenir la transmisión del COVID-19 dentro de las estaciones migratorias y estancias provisionales, así como el número de personas detenidas en las mismas, la Jueza determinó que tanto el Comisionado como el Director General de Control y Verificación Migratoria del INM deberán de concentrar la supervisión del cumplimiento de la suspensión, no sólo a través de oficios informativos a todas las dependencias, sino que esta vez tendrán que agotar todas las medidas necesarias conforme a sus facultades para contar con resultados sustentados con pruebas contundentes, de lo contrario, los titulares de ambos cargos serían denunciados ante el Ministerio Público Federal por el incumplimiento de una resolución judicial.

Francisco Garduño y Antonio López tienen 24 horas para requerir el cumplimiento a las dependencias correspondientes y tres días posteriores para demostrar, con pruebas fehacientes, ante el Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa el cumplimiento de la presente suspensión.

Mientras que a la Secretaría de Gobernación le ordena informar, en el plazo de 24 horas, las acciones que llevó y lleva a cabo para cumplir con la estrategia en apego a los programas sociales existentes, para que las personas migrantes o solicitantes de protección internacional puedan acceder a beneficios económicos que coadyuven en su sustento en el contexto de la crisis sanitaria por COVID-19 establecidas en la resolución del 17 de abril de 2020 del amparo 426/2020.

El 16 de abril de 2020, más de 40 organizaciones de la sociedad civil redactaron un amparo que fue presentado en el Juzgado de Distrito en Materia Administrativa de la Ciudad de México ante las omisiones del Ejecutivo Federal, la Secretaría de Gobernación, el Instituto Nacional de Migración, y la Secretaría de Salud, incluido el Consejo de Salubridad General, para salvaguardar la salud física y emocional e integridad de las personas migrantes y solicitantes de protección internacional detenidas en las estaciones y estancias provisionales migratorias del INM ante la contingencia sanitaria por COVID-19.

El 17 de abril, un día después, el Secretario del Juzgado Primero de Distrito en Materia Administrativa, en funciones de Juez, Arturo Israel Domínguez Adame, resolvió un acuerdo sin precedentes a través de 11 medidas a favor de la salud y la vida de la personas migrantes en el país, identificando la situación de riesgo que enfrentan en la actual pandemia, ordenando al INM implementar protocolos de prevención sanitaria por coronavirus dentro de las más de 58 estaciones y estancias provisionales migratorias.

Además de la realización de inspecciones periódicas en dichos espacios para verificar que se cumpla con los estándares de respeto a los derechos humanos; así como el acceso a la información de las personas detenidas sobre las medidas sanitarias nacionales por la pandemia.

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Clasificación

Nivel legislativo

Federal

País(es)

México

Tema(s) general(es)

  • Legislación Migratoria


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