Legislación Sin dato de México
Ley de interculturalidad, atención a migrantes y movilidad humana en el Distrito Federal
Fecha de aprobación 7 de abril de 2011
Publicada en la gaceta Oficial del Distrito Federal el 07 de abril de 2011. Son sujetos de la presente Ley:
I. Personas de comunidades de distinto origen nacional;
II. Huéspedes;
III. Migrantes; y
IV. Familiares del migrante.
Se fortalecerá el enfoque de género en la aplicación de las disposiciones contenidas en esta
Ley y demás ordenamientos jurídicos aplicables. La presente Ley es aplicable a las y los sujetos de la ley sin distinción alguna por
motivos de sexo, preferencia y condición sexual, raza, idioma, religión o convicción, opinión
política o de otra índole, origen nacional, étnico o social, nacionalidad, edad, situación
económica, patrimonio, estado civil, nacimiento, o cualquier otra que atente contra la dignidad
humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.
La atención, beneficios, ayudas, becas y apoyos que se derivan del cumplimiento de esta Ley
se definirán mediante programas de acuerdo a los lineamientos y mecanismos que el
Reglamento de esta Ley establezca aplicables a personas de distinto origen nacional,
huéspedes, y migrantes y sus familiares.
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