Legislación Sin dato de México
Circular por la que se instruye el procedimiento para el cuidado de niños, niñas y adolescentes migrantes no acompañados
Fecha de aprobación 12 de febrero de 2010
El objeto de esta circular es instruir el procedimiento para la atención de los niños, niñas yadolescentes migrantes no acompañados por algún familiar consanguíneo en primer grado que son alojados
en una estación migratoria, o puestos a disposición de la autoridad migratoria.
Los OPIS son personal del Instituto Nacional de Migración capacitados para la atención
especializada de los niños, niñas y adolescentes migrantes no acompañados, que son alojados en una
estación migratoria o puestos a disposición de la autoridad migratoria.
Los OPIS tienen la obligación de portar el uniforme y los distintivos que se determinen, con el propósito de
que sean debidamente identificados.
Los OPIS tienen la encomienda principal de orientar y proteger los derechos de los niños,
niñas y adolescentes migrantes no acompañados, con estricto apego a las disposiciones legales y
administrativas aplicables.
Los OPIS serán asignados tomando en cuenta entre otros factores, el género y edad del niño, niña o
adolescente migrante no acompañado
Clasificación
Temática general
[Derechos Humanos][Riesgos][Migrantes]
Temática específica
[58][109][69]
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